SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0608/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0608/2015-S1

Fecha: 05-Jun-2015

denegó

El Juez Segundo de Sentencia Penal del departamento de Cochabamba, constituido en Juez de garantías, por Resolución 14/2014 de 10 de diciembre, cursante de                 fs. 59 a 62 vta., denegó la tutela, disponiendo que se remita al accionante ante la Jueza Primera de Instrucción en lo Penal del mismo departamento, a objeto de continuar con la fase investigativa y determinar lo que corresponda en ley, con los siguientes fundamentos: a) El Fiscal de Materia refirió que presento su imputación formal contra Ulises Ruiz Rivero, ante la citada Jueza el 10 de igual mes y año, a horas 17:45, siendo que éste se encontraba aprehendido en función al art. 226                 del CPP, por lo delitos de estafa agravada establecido en el art. 335, con relación al art. 346 bis, ambos del Código Penal (CP); b) La "SC 057772010-R de 12 de julio indico '(…) que la protección (…) ahora acción de libertad, no comprende todas las formas en que el mismo puede ser infringido, sino solo aquellos supuestos en los que está directamente vinculado al derecho a la libertad personal o de locomoción, (…) quedando los demás supuestos bajo la protección del Amparo constitucional" (sic); c) Dentro de la investigación, toda persona que considere lesionado su derecho a la libertad debe acudir al juez cautelar; y, d) “en función de la aplicación excepcional del principio de subsidiariedad en la situación concreta” (sic) corresponde denegar la tutela.