SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0608/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0608/2015-S1

Fecha: 05-Jun-2015

I.1.1. Hechos que motivan la acción

El 9 de diciembre de 2014, aproximadamente a horas 9:30, se entrevistó con Víctor Paz Rojas –una de las víctimas– y sus socios en su oficina ubicada en inmediaciones de la "Av. América y Beijim" (sic), con la finalidad de informar sobre el avance de la tramitación y aprobación de la "Urbanización 'El Manantial terramina'". Después de unas dos horas de reunión, ingresó Alberto Siles Vargas, funcionario policial, quien lo condujo hasta las oficinas de la FELCC, por lo que se comunicó con su abogado, el que se hizo presente en tales instalaciones solicitando información, como la explicación de la razón por la cual fue conducido hasta ese lugar; sin embargo, dicho uniformado se rehusó a brindar cualquier comunicación, alegando que se encontraba realizando su informe de acción directa y que él pasaría a la carceleta de esa dependencia a partir de horas 13:00, para cumplir arresto de ocho horas desde ese momento; empero, su detención fue a las 11:30, cometiéndose así una irregularidad.

De estos hechos suscitados, el accionante consideró que al no existir datos que acrediten la apertura de la investigación en su contra, ni prueba que justifique la necesidad de arrestarlo, sin cumplir con los presupuestos mínimos para proceder a su detención, se vulneró ilegalmente su derecho a la libertad; y al no darles información tanto a su abogado como a su persona se le estaría procesando indebidamente.