SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0635/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0635/2015-S1

Fecha: 15-Jun-2015

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Dentro del proceso penal seguido en su contra por la presunta comisión del delito de lesiones gravísimas, el Juez Tercero de Instrucción en lo Penal del departamento de Oruro, dispuso su detención preventiva mediante Auto Interlocutorio 1020/2012 de 5 de octubre, ejecutado el mismo día; por lo que de acuerdo a un cómputo conforme las certificaciones emitidas por el Juez de Ejecución Penal y el Director del Penal de San Pedro, ambos del mencionado departamento, se halla privado de libertad por el lapso de dos años, dos meses y veintidós días.

La etapa del juicio oral efectuada ante el Tribunal Segundo de Sentencia Penal del mencionado departamento, se inició el 14 de enero de 2014, desarrollándose en ella veintitrés audiencias logrando presentar el Ministerio Publico la prueba de cargo, estando pendiente la de la acusación particular y la de descargo, sin que exista sentencia, razón por la que el 16 de diciembre del citado año, presentó una solicitud de cesación a la detención preventiva al amparo del art. 239.3 del Código de Procedimiento Penal (CPP); sin que dicha solicitud, pese a sus reclamos, hubiera sido notificada hasta la fecha, lo que muestra una notoria y arbitraria retardación de justicia en incumplimiento de los plazos previstos por la jurisprudencia constitucional.