SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0635/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0635/2015-S1

Fecha: 15-Jun-2015

III.1. De la tutela del debido proceso a través de la acción de libertad

La parte accionante alegó lesión al debido proceso, por ello se debe recordar que la acción de libertad no tutela todas las formas de vulneración de éste, así se expresó en la SCP 1053/2012 de 5 de septiembre, que citando a la SC 0480/2010-R de 5 de julio, señaló que: "La acción de libertad instituida en el art. 125 de la CPE, tiene la finalidad de proteger el derecho a la vida y a la libertad física o personal cuando la persona creyere estar ilegalmente perseguida, indebidamente procesada o privada de su libertad, o considere que su vida está en peligro.