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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0638/2015-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0638/2015-S3

    Fecha: 25-Jun-2015

    I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías

    Celebrada la audiencia pública el 10 de diciembre de 2014, según consta en el acta cursante de fs. 39 a 42 vta., con la concurrencia de la parte accionante asistida de su abogado, el Gerente General de la entidad demandada asistido de su abogado y el representante del Ministerio Público, se produjeron los siguientes actuados:

    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
    • a)
    • concedió en parte
    • II.3.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • el recurso de amparo no puede ingresar a valorar y analizar hechos controvertidos
    • la demanda debe dirigirse contra la persona que en el momento de la presentación de la acción, se encuentra desempeñando esa función, a quien sólo le alcanzarán las responsabilidades institucionales, más no así las personales, si las hubiere
    • REVOCAR en parte

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