Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0643/2015-S3
Fecha: 25-Jun-2015
REVOCAR
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Tercera; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: REVOCAR la Resolución 30 de 9 de diciembre de 2014, cursante de fs. 53 a 55 vta., pronunciada por la Sala Civil, Familiar, Social, del Niño, Niña y Adolescente del Tribunal Departamental de Justicia de Pando; y, en consecuencia, CONCEDER la tutela solicitada únicamente respecto al debido proceso en cuanto a la motivación y fundamentación, debiendo la autoridad demandada, emitir una nueva tomando en cuenta los fundamentos jurídicos de la presente resolución.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- denegó
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Alcances y naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. El debido proceso y la fundamentación de las resoluciones
- la motivación de las resoluciones en un elemento constitutivo del debido proceso
- toda resolución ya sea jurisdiccional o administrativa
- III.3. Análisis del caso concreto
- NO HA LUGAR
- REVOCAR