SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0653/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0653/2015-S3

Fecha: 15-Jun-2015

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Se encuentra privado de su libertad durante más de un año y medio, por la presunta participación en un ilícito de robo agravado; habiendo asumido defensa en el mes de abril de 2014, siendo que en tiempo anterior estuvo indefenso, al no contar ni designársele abogado defensor, habiéndosele negado de esta manera el derecho a la defensa, siendo discriminado por su nacionalidad.

Señaló que de manera reiterada solicitó la cesación de su detención preventiva, habiéndose desvirtuado en las audiencias correspondientes, los riesgos procesales establecidos en los arts. 233, 234.1 y 2; y, 235.2 del Código de Procedimiento Penal (CPP). En la última audiencia de cesación de detención preventiva, la Jueza ahora demandada consideró que no cumplió con acreditar un trabajo lícito en el momento que se hubiese producido el hecho; sin embargo, mencionó que existe un Certificado de Trabajo que evidencia dicho extremo. Son tres años y ocho meses sin que se cuente con ningún acto conclusivo para ninguno de los supuestos autores, llevando a la fecha dieciocho meses privado de su libertad, únicamente por su nacionalidad, siendo que se desvirtuaron los riesgos procesales de manera idónea, quedando solo vigente el riesgo procesal de obstaculización, mismo que no podía ser causa de negación de la solicitud de cesación de detención preventiva, por lo que se le tiene indebidamente privado de su libertad.

Afirmó que en audiencia de cesación de detención preventiva celebrada el 7 de noviembre de 2014, interpuso recurso de apelación; habiendo la Jueza hoy demandada concedido la misma y ordenado que dentro de las setenta y dos horas se proceda a la remisión de antecedentes ante el superior en grado; no habiéndose a la fecha procedido a la remisión correspondiente.