Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0653/2015-S3
Fecha: 15-Jun-2015
I.2.3. Intervención del Ministerio Público
El representante del Ministerio Público, en audiencia, indicó que estando pendiente la apelación incidental interpuesta por el accionante contra la Resolución que resuelve la solicitud de cesación a la detención preventiva, mientras no se resuelva la misma “no se cumple la subsidiaridad”, por lo que solicitó “…no se dé a lugar a la acción de libertad planteada…” (sic)
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2. Audiencia y Resolución de la Jueza de garantías
- a)
- I.2.3. Intervención del Ministerio Público
- denegó
- 1)
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1
- Fragmento 9
- sujeto pasivo es un funcionario público, éste tiene la obligación de presentar informe escrito o en su defecto concurrir a la audiencia a fin de desvirtuar los hechos o actos denunciados como lesivos a los derechos del accionante, pues de no hacerlo se presume la veracidad de los mismos
- i)
- REVOCAR en parte