Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0657/2015-S1
Fecha: 22-Jun-2015
1)
El accionante por intermedio de su abogado, ratificó la acción de amparo constitucional y añadiendo señaló que: 1) Se vulneró el art. 48 de la CPE, que dispone que ninguna persona que sea madre o padre progenitor puede ser despedido de su fuente laboral hasta que su hijo cumpla un año de edad; y, 2) Fue sindicado de cometer actos ilícitos, sin embargo no se acudió ante la autoridad llamada por ley para que previa investigación, proceso público y contradictorio se pueda emitir una sentencia, de lo contrario se lesiona la Ley Fundamental en su art. 116, que dispone que todos somos inocentes mientras no se haya probado nuestra culpabilidad.