SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0662/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0662/2015-S1

Fecha: 22-Jun-2015

el interno será liberado en el día, sin necesidad de trámite alguno

De igual forma, respecto a la ejecución de mandamientos de libertad, el art. 39 de la LEPS, dispone: “Cumplida la condena, concedida la libertad condicional o cuando cese la detención preventiva, el interno será liberado en el día, sin necesidad de trámite alguno. El funcionario que incumpla esa disposición, será pasible de responsabilidad penal, sin perjuicio de aplicarse las disposiciones penales que correspondan”(negrilla añadida).