SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0662/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0662/2015-S1

Fecha: 22-Jun-2015

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Dentro el proceso penal que le sigue el Ministerio Público por la presunta comisión del delito de robo, por Resolución 618 “A”/2014 de 27 de octubre, el Juez Octavo de Instrucción en lo Penal del departamento de La Paz, dispuso la aplicación del criterio de oportunidad reglada en favor de su persona, conforme al art. 21.1 del Código de Procedimiento Penal (CPP), la extinción de la acción penal y el correspondiente archivo de obrados; a cuyo efecto, el 16 de diciembre de 2014, el juez de la causa, libró mandamiento de libertad, mismo que fue recepcionado en el Penal de San Pedro, el 17 del mencionado mes y año a horas 11:38.  

Sin embargo, hasta la fecha de presentación de la acción transcurrieron más de veintitrés días sin que pueda gozar de su libertad, debido a que personal de la Gobernación del recinto penitenciario referido, indicaron que por orden del Gobernador no se podía tomar en cuenta su certificado de nacimiento, para otorgarle su libertad, porque necesitaba necesariamente su cédula de identidad, a pesar de haberles indicado que no contaba con el referido documento.