SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0665/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0665/2015-S1

Fecha: 22-Jun-2015

1)

Elías Fernando Ganam Cortez y Félix Peralta Peralta, Vocales de la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, mediante informe escrito cursante a fs. 62 y vta., señalaron lo siguiente: 1) Se acreditó la existencia de notificaciones cursantes a fs. 643 del expediente principal, conforme a lo establecido por los arts. 163.2 y 163 parte in fine del Código de Procedimiento Penal (CPP); y, 2) La prueba aportada se constituyó en sobreviniente, por lo que no se consideró anteriormente, además se fundaron en el principio de verdad material para dar por válidas las notificaciones realizadas por la central de notificaciones; bajo ese criterio los plazos de presentación de la apelación restringida habrían vencido.