Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0677/2015-S2
Fecha: 10-Jun-2015
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante a través de su representante, estima lesionado su derecho a la libertad, porque al haberse declarado la extinción de la acción penal por duración máxima del proceso y disponer el archivo de obrados, mediante Resolución 007/2014, el Juez demandado no ordenó se expida el mandamiento de libertad, el cual una vez solicitado, no tiene respuesta, puesto que no sale de despacho, causándole graves perjuicios.