Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0695/2015-S3
Fecha: 22-Jun-2015
I.2.1. Ratificación de la acción
La accionante a través de su representante, en audiencia de acción de libertad, ratificó in extenso lo expuesto en su memorial de demandada, refiriendo que se encuentra indebidamente perseguida, ya que la autoridad demandada no colaboró para que sea favorecida con el indulto, manteniendo un mandamiento de condena que puede ser ejecutado en cualquier momento, también se le negó la certificación que es requisito para que se beneficie con dicho indulto.