SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0701/2015-S2
Fecha: 22-Jun-2015
a)
El accionante, en audiencia a través de sus abogados ratificó en su integridad los fundamentos de su demanda de acción de amparo constitucional y los amplió señalando que: a) Lo que se denunció a través de la presente acción de amparo constitucional, es que el accionante nunca se enteró del trámite de planimetría que fue tramitada por una “pseudo” Junta Vecinal que supuestamente contaría con personería jurídica, situación que es totalmente falsa; b) Se denunció que el ahora accionante tenía todo el derecho de defenderse y oponerse a la referida planimetría, que ilegalmente y de forma irregular fue aprobada, circunstancia que no fue desmentida por las autoridades ahora demandadas; c) Siguiendo las líneas jurisprudenciales transcritas en Sentencias Constitucionales Plurinacionales, ningún ciudadano puede ser condenado sin previo derecho a defenderse, resultando que cuando se solicitó por orden judicial se explique por qué no se notificó al hoy accionante para que se oponga a esa planimetría, la parte demandada, respondió que el impetrante se enteró, con la entrega de la planimetría a la Junta Vecinal “3 de Mayo”, constituyendo ese actuado el acto administrativo de informar a Mario Gilmar Larrosa Vaquera la tramitación de dicha planimetría; d) Se debe tomar en cuenta que si el accionante es o no dueño de los terrenos, el correspondiente trámite judicial, se viene llevando a cabo en el juzgado de materia civil como un trámite de reivindicación contra todos los avasalladores de sus terrenos denominados sin techo; además que, la ley señala que se debe aprobar una planimetría a favor de quienes hubieran obrado de buena fe; y, e) La razón de la presente acción de amparo constitucional, no es que se reconozca el derecho propietario del ahora accionante, sino que se le dé la opción de que pueda defenderse; en tal sentido, la Ordenanza Municipal impugnada debe ser anulada.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- contra los actos u omisiones ilegales o indebidos de los servidores públicos, o de persona individual o colectiva, que restrinjan, supriman, o amenacen restringir o suprimir los derechos reconocidos por la Constitución y la ley
- III.4.1. Jurisprudencia
- III.3.2. Hechos controvertidos en al ámbito de las acciones de amparo constitucional
- III.3. Análisis del caso de autos
- REVOCAR