SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0746/2015-S3
Fecha: 29-Jun-2015
incidente que fue rechazado y se dispuso que se esté a los datos del proceso; toda vez que, se presentó la acusación.
Actualmente el caso cuenta con acusación fiscal, presentada el 13 de noviembre de igual año, ante el Juzgado Séptimo de Instrucción en lo Penal del departamento de La Paz, el cual remitió los antecedentes dentro de las veinticuatro horas de presentada dicha acusación para sorteo al Tribunal de Sentencia Penal, en cumplimiento del art. 325 del Código de Procedimiento Penal (CPP), modificado por el art. 8 de la Ley 586 de 30 de octubre de 2014, no obstante que interpuso incidente de declinatoria de competencia; puesto que, el proceso penal se pretendía seguir en su contra, sin considerar que es menor de dieciséis años de edad, en contravención del art. 5 del Código Penal (CP) modificado por la Ley 548 de 6 de agosto de 2014, incidente que fue rechazado y se dispuso que se esté a los datos del proceso; toda vez que, se presentó la acusación.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- incidente que fue rechazado y se dispuso que se esté a los datos del proceso; toda vez que, se presentó la acusación.
- para que se remitan obrados ante el Juzgado de Turno de la Niñez y Adolescencia con relación a los menores, motivo por el cual, interpuso nuevamente excepción de incompetencia esta vez ante el referido Tribunal, mereciendo el proveído estese a los datos del proceso.
- a)
- 1)
- i)
- “procedente”
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- el acto que vulnera el debido proceso se constituye en la causa directa de supresión o restricción del derecho a la libertad,
- III.2. Análisis del caso concreto