Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0198/2015-RCA
Fecha: 15-Jul-2015
I.2. Derechos supuestamente vulnerados
La parte accionante, denuncia la vulneración de los derechos al debido proceso, a la igualdad, a la no discriminación, a la seguridad social, al trabajo y la garantía de irretroactividad de la ley, citando al efecto los arts. 14.II y III, 45.II, 48.I. III y IV y 115.II y 123 de la Constitución Política del Estado (CPE); 7 de la Declaración Universal de Derechos Humanos; 8.1 y 24 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; y, 26 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP).
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- improcedente
- i)
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- contra los actos ilegales o las omisiones indebidas de las y los servidores públicos o particulares que los restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir
- son formas procesales de impugnación en sede administrativa, instituidas por el legislador, con base en las cuales debe procederse en la vía de impugnación
- II.3. Análisis del caso concreto