Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0267/2015-CA
Fecha: 03-Jul-2015
I.2. Respuesta a la acción
Ciro Benítez Ortiz, Asesor Legal de la Defensoría Municipal de la Niñez y Adolescencia de Tarija, por memorial de 3 de junio de 2015 (fs. 38 a 39), pidió se rechace la acción, manifestando que la solicitud del imputado se encuentra fuera de lugar; siendo que, fue suspendido de sus funciones como profesor mientras dure el proceso penal sustanciado hacia su persona, al existir una imputación en su contra por el delito de abuso deshonesto en el marco de lo establecido en el DS 1320 y RM 148/2014, las cuales son de cumplimiento obligatorio al encontrarse en vigencia.
- Tribunal Tercero de Sentencia Penal del departamento de Tarija
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- I.2. Respuesta a la acción
- rechazó
- II.1. Norma impugnada y preceptos constitucionales supuestamente infringidos
- II.2. Marco normativo constitucional y legal
- II.3. Análisis del caso concreto
- también es imprescindible que se exprese y justifique en qué medida la decisión que debe adoptar el Juez o Tribunal depende de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de la disposición legal impugnada
- RATIFICAR