AUTO CONSTITUCIONAL 0277/2015-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0277/2015-CA

Fecha: 10-Jul-2015

II.4. Análisis del caso concreto

En el caso de autos, los accionantes solicitan se promueva la presente acción concreta de inconstitucionalidad de la Ley de Municipalidades, del art. 38.III de la OM 049/2006; y, la Resolución Ejecutiva 117/2006, dictadas por el Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra, así mismo del art. 31 incs. a) y b) de la Ley de Gobiernos Autónomos Municipales y el Código de Urbanismo y Obras aprobado por OM 38/91 de 22 de octubre de 1991; OM 049/2006, por ser presuntamente contrarios a los arts. 19 y 117.I y II y 410 de la CPE.

De la compulsa de la presente acción cabe señalar por una parte que, si bien la misma fue interpuesta el 9 de junio de 2015, juntamente al recurso jerárquico interpuesto por los accionantes contra la RA SEMPLA 167/2015 de 25 de mayo, se dio cumplimiento a lo previsto por el art. 81 del CPCo, salvo en el caso de Willman Yanet Cuentas Arratia, Marlene Cuentas, Pascual Morales Ramírez y Hernán Monrroy Molina, quienes un día antes ya interpusieron una primera acción de inconstitucionalidad concreta idéntica (fs. 14 a 23), desconociendo la prohibición del art. 81.I del CPCo, que determina que dicha acción podrá ser presentada por una sola vez en cualquier estado de la tramitación del proceso judicial o administrativo, aspecto que determina su imposibilidad de admisión respecto a lo anteriormente referido.