Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0291/2015-CA
Fecha: 29-Jul-2015
en el marco de un proceso judicial o administrativo cuya decisión dependa de la constitucionalidad de leyes
En tal sentido, el art. 73.2 del Código Procesal Constitucional (CPCo), establece que la acción de inconstitucionalidad concreta “….procederá en el marco de un proceso judicial o administrativo cuya decisión dependa de la constitucionalidad de leyes, estatutos autonómicos, cartas orgánicas, decretos, ordenanzas y todo género de resoluciones no judiciales” (las negrillas nos corresponden).
- Director Ejecutivo de la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Empresas
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- rechazó
- II.1. Normas impugnadas y preceptos constitucionales supuestamente infringidos
- en el marco de un proceso judicial o administrativo cuya decisión dependa de la constitucionalidad de leyes
- II.3. Análisis del caso concreto
- Sancionar
- RATIFICAR