DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0156/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0156/2015

Fecha: 28-Jul-2015

Fragmento 16

En la DCP 0044/2015, en el análisis del parágrafo II del art. 11, se dispuso que la definición lingüística correcta al referirse a las personas con discapacidad, es justamente “Personas con Discapacidad”, y no personas con capacidades diferentes tal como el numeral en estudio lo refleja; consecuentemente, por conexitud y bajo el mismo entendimiento efectuado en la declaración primigenia  sobre el parágrafo II del art. 11, y velando por la armonía que debe contener las disposiciones normativas de la presente Carta Orgánica, este Tribunal Constitucional Plurinacional, declara la incompatibilidad de la frase; “…con capacidades diferentes...” descrita en el ahora numeral 13 del art. 12, debiendo el estatuyente readecuar bajos los fundamentos descritos.