SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0707/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0707/2015-S3

Fecha: 03-Jul-2015

1)

El accionante por medio de su abogado, en audiencia, ratificó in extenso el contenido de su memorial de acción de amparo constitucional, y ampliándolo expresó que: 1) El proceso instaurado en su contra, en principio, fue de su conocimiento y no así de la Jefatura Departamental de Trabajo, Empleo y Previsión Social de Oruro, misma que recién conoció la Resolución Final de Sumario Administrativo Interno 01/2014, aspecto que vulneró el debido proceso; además, debe considerarse que esa instancia instruyó su reincorporación a la EMAO; sin embargo, se hizo caso omiso a dicha Instructiva, desconociendo las razones por las que no se notificó a dicha empresa con la Resolución de recurso de revocatoria planteado contra dicha orden de reincorporación; 2) El Reglamento Interno de la EMAO, no puede estar por encima de la Constitución Política del Estado ni de la Ley General de Trabajo, más aun si se toma en cuenta que dicha norma no fue aprobada por las dos instancias (sindicato y empleador); y,           3) Reiteró su solicitud de recepción del recurso jerárquico formulado mediante memorial de 20 de agosto de 2014, y la restitución a su fuente laboral, siendo que se estaría transgrediendo la Norma Suprema y poniendo en riesgo la vida de su hijo que está en gestación.