SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0719/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0719/2015-S1

Fecha: 10-Jul-2015

denegó

La Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, constituido en Tribunal de garantías, mediante la Resolución 06/2015 de 27 de enero, cursante de fs. 98 a 100 vta., denegó la tutela solicitada, bajo los siguientes fundamentos: a) Siendo un Tribunal de garantías y no un Tribunal ordinario y si bien se alegó la excepción de subsidiaridad, no es menos evidente que deben considerarse también los argumentos de las autoridades demandadas; b) Se emitió resolución de detención preventiva de los ahora accionantes,  resolución que fue apelada sin embargo dos de ellos retiraron la misma, por lo que para estas dos personas se estaría hablando de actos consentidos o convalidados; para los demás, se reiteró que este no era un Tribunal supletorio o alterno, pues estos reclamos deben hacerse valer ante la Sala Penal ante quien se debe tramitar dicho recurso de apelación incidental; en caso de que exista una resolución de la Sala Penal podría existiría dualidad de trámites y también de resoluciones con la jurisdicción constitucional creando inseguridad jurídica; y, c) Se constató que los dos infractores que retiraron su apelación, también presentaron cesación a la detención preventiva, la cual fue resuelta oportunamente por las autoridades judiciales, resoluciones que también fueron apeladas, extremos que también deben ser resueltos por las autoridades de alzada; además, se constata también que se presentó actividad procesal defectuosa con los mismos fundamentos que vienen vía acción de libertad; de la misma forma existía un incidente que se encontraba en trámite como es el interpuesto por Julian Cahuaya Catari; similar incidente fue deducido por CC, por lo que la autoridad ordinaria deberá pronunciarse al respecto, lo cual imposibilita a este Tribunal pronunciarse sobre la aprehensión y demás actuados denunciados de ilegales.