SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0720/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0720/2015-S1

Fecha: 10-Jul-2015

denegó

La Jueza Primera de Sentencia Penal de Quillacollo del departamento de Cochabamba, constituida en Jueza de garantías, mediante Resolución de 21 de enero de 2015, cursante de fs. 27 a 29, denegó la tutela, con los siguientes fundamentos: a) Sobre la falta de fundamentación de la resolución dentro del incidente de actividad procesal defectuosa y nulidad de imputación, determinó que la detención de la accionante, devenía de la aplicación de medidas cautelares y consiguientemente no resultaba de la falta de motivación del auto que rechazó el aludido incidente; b) En la audiencia de consideración de medidas cautelares, el Juez demandado, solicitó insistentemente a la accionante, sustanciar el incidente que presentó; empero, sólo reiteró su petición de suspender la audiencia en aplicación del art. 314 del CPP, sin tomar en cuenta que por la modificación de la Ley 586 de 20 de octubre de 2014, el incidente se tramita sin interrumpir las actuaciones investigativas y mucho más las relativas a la situación jurídica de la parte imputada, por lo que fue Ninfa Tovar Cardozo, quien por sí misma provocó su indefensión; c) Ante su detención preventiva, la accionante pudo hacer valer sus pretensiones ante el tribunal ordinario respectivo, para posteriormente recién activar la vía constitucional; y; d) La tramitación oral de su incidente, fue soslayada por la accionante, por lo que la responsabilidad no le es atribuible a la autoridad demandada; en ese sentido conforme a las Sentencias Constitucionales Plurinacionales 0398/2013 y 0237/2014, no existió vulneración de los derechos aludidos, además de haberse inobservado el principio de subsidiariedad.