Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0722/2015-S3
Fecha: 01-Jul-2015
concedió
La Jueza Primera de Partido, de Trabajo, Seguridad Social, Familia, Niñez y Adolescencia de Yacuiba del departamento de Tarija, constituida en Jueza de garantías, mediante la Resolución de 18 de diciembre de 2014, cursante de fs. 55 a 59, concedió la tutela bajo los siguientes argumentos: 1) Los ahora demandados, para asumir la decisión de la expulsión del hoy accionante, no cumplieron con lo establecido en el Estatuto de la Asociación, es decir, no se conformó el Tribunal Disciplinario para someterlo a proceso conforme a los arts. 41 y 42 del mismo Estatuto; 2) Respecto a la excepción de subsidiariedad, en la causa se acreditó en forma debida el daño concreto, irremediable e irreparable que
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- concedió
- 3)
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Aplicabilidad extensiva a los procesos disciplinarios en instancias o instituciones privadas
- III.2.
- III.3.
- CONFIRMAR