SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0727/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0727/2015-S3

Fecha: 01-Jul-2015

III.2.  Análisis del caso concreto

De la revisión de los antecedentes adjuntos a la presente acción tutelar, se evidencia que la accionante se presentó a la Convocatoria Pública de 14 de marzo de 2014, realizada por la Dirección Distrital de Educación de Atocha del departamento de Potosí, para optar el cargo de Profesora de Religión; empero, no fue elegida, por lo que impugnó la designación a dicho puesto y ante el silencio administrativo acudió al Director de Educación de dicho Distrito Educativo, para que se pronuncie sobre su petición; obteniendo como respuesta el informe 001/2014 de 5 de mayo, en el que se le comunicó que no fue elegida debido a que el requisito indispensable de contar con un Diplomado en Valores, Espiritualidad y Religión que presentó no tiene firmas; posteriormente, realizó múltiples reclamos ante distintas instancias, identificando como hecho que vulnera sus derechos -invocados en la presente acción de  defensa-, la respuesta de la Federación de Trabajadores de Educación Urbana de Atocha de 29 de octubre del mismo año.