SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0741/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0741/2015-S3

Fecha: 07-Jul-2015

II.1.

II.1.  Por “Memo” de Retiro ALDSC 03/2014 de 20 de marzo, suscrito por Alcides Vargas Vega y Alcides Villagómez Ibáñez, en calidad de Presidente y Secretario de la Asamblea Legislativa Departamental Autonómica de Santa Cruz, respectivamente -ambos ahora demandados-; se comunicó a Jorge Luis Encinas -hoy accionante-, que desde el 19 de marzo de 2014, se prescindía de sus servicios, al haber incurrido en una falta grave al momento de participar en la sustracción de los votos de los Asambleístas contenidos el ánfora y destruir la misma, situación que estaría dentro de las prohibiciones contempladas en los arts. 74 y 107 incs. e) y g) del Reglamento Interno de Personal de la citada Asamblea, concordante con el art. 9 inc. a) del EFP (fs. 3).