SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0742/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0742/2015-S3

Fecha: 10-Jul-2015

a)

El accionante, mediante su abogado, ratificó los términos de la acción de libertad y ampliándola, expresó que: a) Por la dejadez de la autoridad demandada hasta esa fecha no se resolvió su recurso de apelación; además que, la remisión de obrados es deber de la Secretaria del Juzgado; b) Si bien puede existir recarga laboral, empero, ello no justifica la lesión de los derechos comprendidos en los arts. 22 y 23 de la CPE; y, c) Existe evidente vulneración al derecho a la libertad al existir un retraso de más de veinte días.