SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0755/2015-S1
Fecha: 28-Jul-2015
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los accionantes denunciaron la vulneración de sus derechos a la libertad, al debido proceso y a la defensa, debido a que uno de ellos fue aprehendido y llevado ante la autoridad jurisdiccional sin habérsele explicado los motivos de dicha aprehensión y teme que se proceda de la misma manera contra los demás que son sus hijos, ya que aducen haberse presentado ante autoridad competente y que la suspensión de audiencias no fue atribuible a sus personas sino a los demás sujetos procesales, señalaron también haber purgado una rebeldía anterior y que a la fecha se encontraría pendiente de resolución la excepción de falta de acción que instauraron; por lo que no procedería la medida cautelar impuesta, siendo esta lesiva de los derechos mencionados.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad, fines y alcance
- III.2.
- en los supuestos en que la norma procesal ordinaria de manera específica prevea medios de defensa eficaces y oportunos para resguardar el derecho a la libertad supuestamente lesionado, estos deben ser utilizados, previamente, circunstancia en la que excepcionalmente, el recurso de habeas corpus operará de manera subsidiaria
- 1.
- 2.
- 4.
- 5.
- ii)
- III.3. Análisis del caso concreto
- con carácter previo a interponer la acción de libertad, se debe apelar la misma, para que el superior en grado tenga la posibilidad de corregir la arbitrariedad denunciada
- Fragmento 17