Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0757/2015-S3
Fecha: 08-Jul-2015
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante estima como vulnerados sus derechos a la libertad, al debido proceso, a un juez natural, a la celeridad de la justicia y a la legalidad; ante la dilación indebida en el cumplimiento del Auto de Vista 232/2014 de 16 de diciembre de 2014 -emergente de una anterior acción de libertad interpuesta-; que ordena a la Jueza hoy demandada, emita nueva resolución respecto a su solicitud de cesación a la detención preventiva;
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- los recursos constitucionales no son la vía o mecanismo idóneo para pedir el cumplimiento de las resoluciones dictadas dentro de las acciones tutelares de habeas corpus y amparo constitucionales
- en los casos de desobediencia, resistencia o incumplimiento a las resoluciones dictadas en las diferentes acciones constitucionales, no corresponde la deducción de otra acción tutelar, pues ella debe ser solicitada al mismo juez o tribunal que conoció de la acción, por ser la autoridad llamada a hacer cumplir el fallo constitucional
- “…
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR