Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0761/2015-S1
Fecha: 28-Jul-2015
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante denunció que las autoridades demandadas vulneraron su derecho a la participación, elegir y ser elegida; por no haber convocado a la sesión del 29 de diciembre de 2014 a los concejales titulares del municipio de Porongo, habilitando y designando ilegalmente a la suplente Vianca Nancy Paz Peña, como Alcaldesa a.i., mediante Resolución Municipal 104/2014 de 29 de diciembre, cuando aún no se contaba con la renuncia del entonces Alcalde Julio César Carrillo Melgar, contraviniendo el art. 10 de la LGAM y la certidumbre jurídica.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De la normativa aplicable para la convocatoria a sesiones extraordinarias y designación de autoridades interinas en los Gobiernos Autónomos Municipales
- III.2.
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 16