SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0786/2015-S2
Fecha: 15-Jul-2015
concedió
La Sala Penal y Administrativa, del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, constituida en Tribunal de garantías, por Resolución de 19 de febrero de 2014, cursante de fs. 25 a 26 vta., concedió la tutela solicitada, disponiendo que la autoridad demandada, de manera inmediata pague los beneficios de prenatal, nacimiento, lactancia hasta un año, tal como establece la Ley de Pensiones y demás normas que rigen la materia, con los siguientes fundamentos: a) Conforme los arts. 58, 59 y 60 de la CPE, las niñas, niños y adolescentes son titulares de los derechos reconocidos en la Norma Suprema, inherentes a su proceso de desarrollo, como el derecho a la vida, a crecer en una familia, en un ambiente y una sociedad digna, por su parte los arts. 1, 2 y 14 del Código Niño, Niña y Adolescente (CNNA), protege ampliamente desde su concepción hasta llegar a la mayoría de edad, respecto a su alimentación, vestimenta y estudio, citando una serie de normas y leyes que protegen los derechos de ese colectivo humano, vulnerable dentro de la sociedad; y, b) La autoridad demandada al negar la petición de la accionante, que pidió protección de los derechos de la menor, vulneró los derechos a la integridad y a la vida de la menor, afectando los principios y valores del vivir bien, no siendo congruente cuando el informe legal afirma que la interesada es una funcionaria eventual, y que paradójicamente afirme que goza de estabilidad laboral, porqué entonces se tiene que privar de sus derechos elementales como a la lactancia prenatal, postnatal y derecho a cobrar por nacido vivo, por lo que existiendo normas que protegen los derechos del niño, niña y adolescente, merece toda la protección del Estado.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- concedió
- II.2.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.1.Derecho a la seguridad social
- III.1.2. Derecho a la vida
- III.1.3. Derecho a la maternidad
- III.1.4. Derecho al trabajo
- III.1.5.Derecho a la inamovilidad funcionaria de la mujer embarazada y conservación del nivel salarial
- III.2. Derecho a la seguridad social
- III.3. Análisis del caso concreto
- concedido
- CONFIRMAR