SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0786/2015-S2
Fecha: 15-Jul-2015
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Fue contratada por el Gobierno Autónomo Municipal de Cobija, desde el 1 de diciembre de 2012, con el cargo de profesional II, en el proyecto de fortalecimiento de la gestión municipal, dentro de la Unidad de Seguimiento Financiero; posteriormente, el 8 de mayo de 2013, puso en conocimiento de su estado de gestación, y ante la solicitud de beneficios de pre-lactancia de 11 de julio de 2013, dirigida a la Alcaldesa Municipal y asimismo al Oficial Mayor Administrativo, misma fue negada mediante Informe Legal 212/2013 de 19 de julio, firmado por la Directora Jurídica de dicha Institución, aduciendo que su persona habría renunciado dicho beneficio a momento de ser contratada, y que su contrato era solamente por tres meses, restringiendo de esta manera el derecho a percibir el beneficio social de la pre lactancia y estabilidad laboral, pues se encontraría en periodo de gestación.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- concedió
- II.2.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.1.Derecho a la seguridad social
- III.1.2. Derecho a la vida
- III.1.3. Derecho a la maternidad
- III.1.4. Derecho al trabajo
- III.1.5.Derecho a la inamovilidad funcionaria de la mujer embarazada y conservación del nivel salarial
- III.2. Derecho a la seguridad social
- III.3. Análisis del caso concreto
- concedido
- CONFIRMAR