Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0786/2015-S2
Fecha: 15-Jul-2015
II.5.
II.5. El Asesor Legal de la Dirección Jurídica del Gobierno Autónomo Municipal de Cobija por informe legal 212/2013 de 19 de julio, dispuso no ha lugar a lo solicitado por la interesada Erika Lina Egüez Rodríguez, supuestamente por que no figura en la planilla central, sino su relación laboral está regido a un contrato provisional o temporario (fs. 22 a 23).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- concedió
- II.2.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.1.Derecho a la seguridad social
- III.1.2. Derecho a la vida
- III.1.3. Derecho a la maternidad
- III.1.4. Derecho al trabajo
- III.1.5.Derecho a la inamovilidad funcionaria de la mujer embarazada y conservación del nivel salarial
- III.2. Derecho a la seguridad social
- III.3. Análisis del caso concreto
- concedido
- CONFIRMAR