SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0786/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0786/2015-S2

Fecha: 15-Jul-2015

III.1.4. Derecho al trabajo

En ese sentido, la jurisprudencia constitucional estableció en la
SC 0571/2010-R de 12 de julio, que el derecho al trabajo se entiende como un: ‘Derecho de naturaleza social y económica que significa la potestad o derecho que tiene toda persona según su capacidad y aptitudes, a buscar un trabajo, postularse o acceder al mismo, y mantenerlo, claro está de conformidad a las circunstancias y exigencias del mismo, y según el orden normativo que lo regula, de tal manera que en base a este derecho quien desarrolla la actividad física o mental pueda procurarse su propia manutención como la de su familia, para subsistir en condiciones mínimas de dignidad humana’.