AUTO CONSTITUCIONAL 0210/2015-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0210/2015-RCA

Fecha: 05-Ago-2015

I.1. Síntesis de los hechos que la motivan

Argumentó en cuanto a la identificación de derechos y garantías vulnerados en relación al debido proceso; y, en correlación con ciertos defectos, según indicó: “sustantivo, procedimental, orgánico y fáctico” (sic); se apoyó con abundante línea Jurisprudencial en cuya descripción, corroboró con normativa sustantiva y adjetiva de materia civil, apuntó en revisión sobre los fundamentos jurídicos de la sentencia de 13 de abril de 2015 cursante de fs. 493 a 495 vta., que no fue motivado, incongruente, ni pertinente, con detenimiento en las diferentes etapas del proceso ordinario; gravitó en la estación probatoria, señalando que hubo violación al debido proceso en cada una de sus fases: mas en el considerando III de dicha sentencia (valoración de la prueba), en cuanto a su transcendencia como garantía y derecho en suma apuntó al desarrollo de la vía ordinaria, advirtiendo que el juzgador, incurrió en varias ilegalidades; por lo tanto solicitó la nulidad de la sentencia; añadiendo que sea con orden de restitución de los derechos y garantías fundamentales restringidos por el demandado.