AUTO CONSTITUCIONAL 0228/2015-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0228/2015-RCA

Fecha: 20-Ago-2015

improcedencia “in límine”

La Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución de 12 de julio de 2015, cursante de fs. 190 a 193 vta., declaró la improcedencia “in límine de la acción de amparo constitucional, bajo los siguientes fundamentos: 1) No se cumplió el principio de subsidiariedad, puesto que no existe una resolución definitiva con carácter de cosa juzgada en la vía administrativa; y, 2) Los vecinos de la calle 3 de la OTB “San Marcos”, el 22 de octubre de 2014, denunciaron ante la autoridad codemandada, irregularidades de actuados y lesiones a sus derechos y transgresiones a la Ley de Electricidad y al Reglamento de Uso de Bienes de Dominio Público y Constitución de Servidumbre, aperturando con ello la vía administrativa para hacer valer sus reclamos, la misma que no fue concluida, teniendo todavía los recursos administrativos de impugnación para la defensa de sus derechos.