AUTO CONSTITUCIONAL 0229/2015-RCA
Fecha: 20-Ago-2015
Fragmento 11
Ahora bien, de la revisión del memorial de subsanación presentado el 25 de junio de 2015 (fs. 208 a 222 vta.), se advirtió que, con relación al primer punto, dicha exigencia fue cumplida, conforme solicitó expresamente el Tribunal de garantías; en cuanto al segundo punto, se precisaron los actos considerados como lesivos a sus derechos y garantías constitucionales, los cuales son: el Auto de Vista 171/2014; el Auto de explicación y complementación de 4 de diciembre del mismo año, emitidos por la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, así como la Resolución 64/2014, dictada por el Juez Cuarto de Instrucción en lo Penal, Liquidador y Cautelar de El Alto del mismo departamento, explicando de manera detallada el nexo de causalidad existente entre los fallos pronunciados, con la vulneración de los derechos que fueron invocados en la presente acción constitucional, en observancia del art. 33.4 y 5 del CPCo.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que motivan la acción
- I.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- por no presentada
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- contra los actos ilegales o las omisiones indebidas de las y los servidores públicos o particulares que los restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir
- II.2. Requisitos de admisibilidad previstos por el art. 33 del CPCo, para la presentación de acciones de amparo constitucional
- II.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 11