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    AUTO CONSTITUCIONAL 0234/2015-RCA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0234/2015-RCA

    Fecha: 21-Ago-2015

    I.2. Derechos supuestamente vulnerados

    La accionante a través de sus representantes, considera como lesionados sus derechos a la petición, al debido proceso y la cosa juzgada, a la “seguridad jurídica” y de la jubilación, citando al efecto los arts. 24, 45.I, IV y 115.I de la Constitución Política del Estado (CPE); 22 de la Declaración Universal de Derechos Humanos; y 22 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.

    • acción de amparo constitucional
    • I.1. Síntesis de los hechos que motivan la acción
    • I.2. Derechos supuestamente vulnerados
    • a)
    • improcedencia
    • I.
    • a los supuestos hechos en que se alegue lesión al derecho a la seguridad social debido a su vinculación con otros derechos fundamentales, como la vida, la salud física y psicológica y la dignidad, de los cuales son su base y fundamento
    • II.1. Marco normativo constitucional y legal
    • improcedente
    • II.2.1.

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