Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0298/2015-CA
Fecha: 05-Ago-2015
antes de la ejecutoría de la Sentencia
Por su parte, el art. 81.I del mismo cuerpo legal, en cuanto a la oportunidad dispone que: “La Acción de Inconstitucionalidad Concreta podrá ser presentada por una sola vez en cualquier estado de la tramitación del proceso judicial o administrativo, aún en recurso de casación y jerárquico, antes de la ejecutoría de la Sentencia” (las negrillas nos corresponden).
- Jueza Tercera Disciplinaria de la Oficina Departamental de Cochabamba del Consejo de la Magistratura
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- rechazó
- procederá en el marco de un proceso judicial o administrativo cuya decisión dependa de la constitucionalidad de leyes
- antes de la ejecutoría de la Sentencia
- II.3 Análisis del caso concreto