AUTO CONSTITUCIONAL 0306/2015-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0306/2015-CA

Fecha: 14-Ago-2015

Director General de Defensa de los Derechos del Usuario y del Consumidordel Ministerio de Justicia

En consulta la Resolución Administrativa (RA)MJ-VMDDUC/002/2015 de 14 de julio, cursante de fs. 46 a 49, pronunciada por elDirector General de Defensa de los Derechos del Usuario y del Consumidordel Ministerio de Justicia,por la que rechazó la solicitud de promover la acción de inconstitucionalidad concreta formulada por Washington Daniel Sardeña Vargas en representación legal de “Laguna Volcán S.R.L.”, demandando la inconstitucionalidad de los arts. “56”.IIincs. b), c), d) y f) de la Ley General de los Derechos de las Usuarias y los Usuarios y de las Consumidoras y los Consumidores -Ley 453 de 6 de diciembre de 2013- y37 del Decreto Supremo (DS) 2130 de 25 de septiembre de 2014 -Reglamento a la Ley 453-, por ser presuntamente contrarios a los arts. 8.I y II; 9.1, 2, 3 y 4; 13.I, II y III; 14.I, II, III, IV y V; 46.I y II, 47.I, 54.I, II y III; 115.I y II; 116.I, 117.I y II; 119.I y II; 120.I; 308.I y II; 311.II. 5; 312.I y II; 316. 2, 4, 5, 7;318.I y V; 320.V; y, 323.Ide la Constitución Política del Estado (CPE).