Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0306/2015-CA
Fecha: 14-Ago-2015
II.1. Normas jurídicas impugnadas y preceptos constitucionales supuestamente infringidos
Se demanda la inconstitucionalidad de los arts.“56”.II incs. b), c), d) y f) de la Ley General de los Derechos de las Usuarias y los Usuarios y de las Consumidoras y los Consumidores -Ley 453 de 6 de diciembre de 2013- y 37 del DS 2130 -Reglamento a la Ley 453-, por ser presuntamente contrarios a los arts. 8.I y II; 9.1, 2, 3 y 4; 13.I, II y III; 14.I, II, III, IV y V; 46.I y II, 47.I, 54.I, II y III; 115.I y II; 116.I, 117.I y II; 119.I y II; 120.I; 308.I y II; 311.II. 5; 312.I y II; 316. 2, 4, 5, 7; 318.I y V; 320.V; y, 323.I de la CPE.
- Director General de Defensa de los Derechos del Usuario y del Consumidordel Ministerio de Justicia
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- a)
- rechazó
- II.1. Normas jurídicas impugnadas y preceptos constitucionales supuestamente infringidos
- cualquier género de resolución no judicial
- procederá en el marco de un proceso judicial o administrativo cuya decisión dependa de la constitucionalidad de leyes
- la identificación de la disposición legal y las normas impugnadas, así como las normas constitucionales que se consideren infringidas, formulando con claridad los motivos por los que la norma impugnada es contraria a la Constitución Política del Estado
- II.3. Análisis del caso concreto
- RATIFICAR