SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0763/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0763/2015-S1

Fecha: 04-Ago-2015

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Desde hace muchos años Jaime Quevedo Iriarte juntamente con sus hermanos Carlos Eduardo, Fernando Alberto y Beatriz Elena Quevedo Iriarte, son dueños por sucesión hereditaria del terreno de aproximadamente 145 930 m2, ubicado en el “Ex fundo Collpa Pampa” en la localidad de Tin Tin del Municipio de Mizque, provincia del mismo nombre del departamento de Cochabamba, registrado en Derechos Reales (DD.RR.) bajo la matricula 3.13.1.02.0000028, asiento A-3, propiedad Mizque de 7 de septiembre de 2007.

El terreno de su propiedad independientemente de constituir una reserva forestal y de biodiversidad, cumple con la función económica social y se encuentra debidamente cuidada y cercada, cuenta con ochenta y seis cajas con colmenas productoras de miel de primera calidad, cuyo costo asciende a Bs1 200.- (un mil doscientos bolivianos) por caja.

El 13 de febrero de 2015 al promediar las 10:00 horas, una multitud entre ciento ochenta a doscientas personas, liderizadas por Remberto Argandoña Fernández dirigente del sindicato de Tin Tin ingresaron a su propiedad portando machetes y hachas, donde de manera violenta talaron ocehnta árboles hasta las 18:00 horas en la que suscribieron un acta entre ellos, acordando continuar con la tala de árboles los días miércoles 18 y jueves 19 de febrero del mismo año, amenazando con aplicar multa a los afiliados que no asistan a esos actos de avasallamiento.