SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0779/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0779/2015-S1

Fecha: 18-Ago-2015

a)

Solicitó se conceda la presente acción de amparo constitucional y en consecuencia se disponga dejar sin efecto: a) La Resolución de 20 de febrero de 2014;                 b) Auto de inicio de sumario disciplinario 001/2014 de 26 de marzo;                              c) "Resolución Definitiva No. TD 2 03/2014 de 22 de mayo" (sic); d) Resolución 288/2014 de 2 de julio; y, e) Se ordene su inmediata restitución al cargo de Oficial de Diligencias de la Central de Notificaciones del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija.

Maribel Yuli Gutiérrez Tejerina, Jueza ciudadana del Tribunal Disciplinario Segundo del Consejo de la Magistratura del departamento de Tarija, presentó informe que cursa de fs. 91 a 92, en el que expresó: a) Las abogadas del accionante en audiencia del proceso disciplinario hicieron uso de la palabra en varias ocasiones, en una de ellas señalaron que parte de la prueba no era pertinente, solicitando no tomar en cuenta la misma, después de realizado el análisis, se determinó que al no ser de dicho proceso, y ser pertenecientes al proceso penal emergente del accidente de tránsito donde falleció una funcionaria, éstas no se leerían ni serian consideradas a momento de deliberar; y, b) Las declaraciones de los testigos de descargo no resultaron suficientes para desvirtuar la prueba de cargo que era un análisis de sangre tomado a Ricardo Franco Chapana Isnado luego de sucedido el infortunio, el cual diagnosticó que se encontraba con niveles de alcohol superiores a los permitidos para conducir un vehículo, concluyéndose que al momento de acudir a trabajar estaba en un estado inconveniente.