SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0830/2015-S3
Fecha: 17-Ago-2015
1)
Solicita se le conceda la tutela constitucional y se disponga: 1) “La nulidad de obrados hasta el vicio más antiguo, es decir, hasta la Orden de Organización del Sumario Informativo inclusive; consecuentemente, las Resoluciones del T.P.E. Nº 011/ y 025/2014” (sic); 2) La restitución de todos sus derechos dentro de la Institución Militar del Ejército; 3) La Restitución de todos sus trámites de ascenso al grado de Coronel por no existir impedimento legal; y, 4) Costas, daños y perjuicios.
El accionante denunció que las autoridades demandadas lesionaron sus derechos fundamentales al debido proceso y a la defensa bajo los siguientes argumentos: 1) Al sancionarlo dos veces por el mismo hecho -esto es-, a través de un memorándum 001/14, que dispuso su arresto domiciliario por tres días, y luego iniciando en su contra un sumario informativo el cual concluyó con la emisión de la Resolución 011/2014 que dispuso su retiro obligatorio del Ejército Boliviano; y, 2) Durante el sumario informativo sustanciado en su contra le fue tomada una declaración “informativa” sin que la misma se halle reconocida por la normativa militar, misma que fue tomada sin la presencia de su abogado; además, de emitirse actuados sin competencia, declarándose finalmente la ejecutoria de la citada Resolución 011/2014.