SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0840/2015-S2
Fecha: 20-Ago-2015
II.8.
II.8. El Director Ejecutivo a.i. de la referida Dirección, emitió la RA 191 de 10 de junio de 2013, por la que revocó el certificado de operador aéreo OPS-COA-119-01-001 de 17 de diciembre de 2007, otorgado a favor de la empresa impetrante de tutela, que fue confirmada en el recurso de revocatoria que planteó el LAB S.A., determinación contra la que interpuso recurso jerárquico instancia en la cual, el Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda, pronunció la RM 298 de 12 de noviembre de 2013, revocando la Resolución Administrativa recurrida disponiendo la nulidad de obrados hasta el vicio más antiguo, debiendo la Dirección General de Aeronáutica Civil providenciar todos los memoriales presentados por el LAB S.A., y luego pronunciarse sobre todos los argumentos esgrimidos en el recurso de revocatoria (fs. 477 a 480; 488 a 490 vta. y 515 a 520).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- i)
- concedió en parte
- II.1.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1. Improcedencia de la acción de amparo constitucional ante inexistencia de acto ilegal
- Fragmento 14
- III.2. Análisis del caso concreto
- concedido en parte
- Fragmento 17