SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0844/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0844/2015-S2

Fecha: 20-Ago-2015

denegó

El Juez Cuarto de Sentencia Penal del departamento de Santa Cruz, constituido en Juez de garantías, mediante Resolución 03/15 de 11 de febrero de 2015, cursante de fs. 22 a 23, denegó la tutela solicitada, tomando en cuenta que: a) El art. 46 del Código Procesal Constitucional (CPCo) concordante con el art. 125 de la CPE, estableció que la acción de libertad protege o tutela el derecho a la vida de la persona que es ilegalmente perseguida, o indebidamente procesada o privada de libertad personal; al momento de resolver el caso en particular no se observa el objeto de la mencionada acción; b) La característica esencial de esta acción es que se constituye en una garantía eficaz para la tutela inmediata de los derechos que se encuentran dentro de su ámbito de protección; sin embargo, cuando existen en la vía ordinaria medios o mecanismos de impugnación que de manera inmediata y eficaz puedan restituir sus derechos fundamentales, estos deben ser utilizarlos previamente antes de acudir a la vía constitucional; y, c) La causal alegada por el accionante no se encuentra dentro del catálogo para su procedencia, lo que hace pertinente que el mismo sea denegado.