Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0875/2015-S2
Fecha: 27-Ago-2015
CONFIRMAR en todo
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Segunda; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia y los arts. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional y 44.1 del Código Procesal Constitucional; en revisión resuelve: CONFIRMAR en todo la Resolución 03/2015 de 28 de febrero, cursante de fs. 89 a 93 vta., pronunciada por la Jueza Tercera de Sentencia Penal del departamento de Cochabamba; y, en consecuencia, DENEGAR la tutela solicitada, en los mismos términos dispuestos por la Jueza de garantías.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De la obligación del juzgador a fundamentar y motivar las resoluciones
- III.2. Sobre la ponderación de los elementos de convicción y la valoración de la prueba
- III.3.
- CONFIRMAR en todo