Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0881/2015-S2
Fecha: 27-Ago-2015
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante alega la vulneración de su derecho a la libertad; al encontrarse indebidamente perseguido, toda vez que la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, revocó las medidas sustitutivas aplicadas por Willzon Arebalo Coria, Juez Segundo de Instrucción Mixto y Cautelar de Montero y dispuso la medida excepcional de detención preventiva; sin embargo, la autoridad ahora demandada, se negó a señalar audiencia de cesación o modificación a la detención preventiva, solicitada en tres oportunidades, misma que debió fijarse dentro del plazo establecido por ley.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Celeridad con la que deben actuar los administradores de justicia en el señalamiento de audiencias de cesación o modificación de medidas cautelares
- III.2. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo