Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0330/2015-CA
Fecha: 07-Sep-2015
Supuestas infracciones al debido proceso
“1. Supuestas infracciones al debido proceso.
2. Las resoluciones dictadas por las autoridades judiciales, excepto cuando hubieran sido dictadas después de haber cesado o suspendidas en el ejercicio de sus funciones a causa de un proceso administrativo disciplinario en su contra. Esta última previsión es aplicable a las demás autoridades” (las negrillas son nuestras).
- recurso directo de nulidad
- la # 3 antes de la # 1 y sin la # 2
- II.1. Marco normativo constitucional y legal del recurso directo de nulidad
- Supuestas infracciones al debido proceso
- Fragmento 5
- II.2.
- correspondiendo la protección de los demás componentes: imparcialidad e independencia, a ser dilucidados a través de la acción tutelar del amparo”
- II.3. Análisis del caso concreto
- IMPROCEDENCIA